Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2024050054)
Orden de 9 de abril de 2024 por la que se convoca el XVIII Concurso Regional de Ortografía (Categoría de ESO) en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 73
Martes 16 de abril de 2024

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— Segundo premio: 500 euros.
— Tercer premio: 400 euros.
— Cuarto premio: 300 euros.
— Quinto premio: 200 euros.
Artículo 4. Fases del Concurso.
1. El Concurso Regional de Ortografía (Categoría de ESO) se desarrollará en dos niveles sucesivos:
— Primera fase: fase de centro docente.
— Segunda fase: fase de Comunidad Autónoma.
2. En la primera fase, cada centro previamente inscrito ante la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, actuará con plena autonomía para realizar las pruebas que el
Jurado constituido en el centro considere más convenientes para seleccionar al alumnado
que demuestre mejor conocimiento de la ortografía.
El Jurado estará compuesto por tres profesores del nivel educativo en el que está matriculado el alumnado.
Posteriormente, en los quince días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, el centro docente comunicará a la Secretaría General de
Educación y Formación Profesional el nombre de la persona del alumnado, inscribiéndole
para participar en la fase autonómica, para lo cual se cumplimentará el modelo que se incluye como anexo II de esta orden, que deberá ser remitido en los mismos términos que
la solicitud de participación.
Por otro lado, deberá cumplimentarse la documentación a adjuntar con el anexo II, que
incluye la declaración responsable de que la persona beneficiaria se encuentra al corriente
de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, y la autorización expresa por el
padre, madre o tutor/a legar del alumno/a, para la consulta de los datos que acrediten
que la persona beneficiaria del premio no tiene deudas con la Hacienda Autonómica. En el
supuesto de que no autoricen deberán aportar los certificados correspondientes que acrediten el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Autonómica.
3. En la fase autonómica, el titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional nombrará el Jurado a que se refiere el artículo séptimo de la presente orden, que