Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. (2024061292)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de centros de formación en prácticas para el desarrollo de las prácticas externas de las titulaciones de Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria y se establecen los requisitos para la selección de los centros de formación en prácticas y del profesorado participante.
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Lunes 15 de abril de 2024

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3. El personal docente responsable de las tutorías del alumnado en prácticas en centros edu­
cativos tendrán diferentes derechos y preferencias, especificados en el correspondiente
convenio de colaboración educativa.
4. La Universidad de Extremadura expedirá al personal docente responsable de las tutorías y
al personal responsable de la coordinación de prácticas externas en el centro, una certifi­
cación de “profesor/a colaborador/a honorífico/a”, por la cual se les reconocerá su partici­
pación en las prácticas externas de los títulos de Grado en Educación Infantil y/o en Grado
de Educación Primaria.
5. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, reconocerá con 6,5 créditos
de formación, por curso escolar, tanto a la persona que realiza las funciones de tutoriza­
ción, como a la persona responsable de la coordinación de estas tutorías. En el caso de
que la persona responsable de la coordinación ejerza, al mismo tiempo, la tutorización de
prácticas, se le reconocerán 7 créditos, aunque se efectúe la labor de tutoría de varios es­
tudiantes en el mismo período.
Undécimo. Alumnado de otras universidades.
1. Para la realización de estas prácticas externas, conforme a lo establecido en esta resolu­
ción, tendrá prioridad el alumnado que curse los estudios en el Grado de Educación Infantil
y Grado de Educación Primaria en la Universidad de Extremadura al alumnado de cualquier
otra universidad.
2. Las prácticas externas del alumnado de las titulaciones de los grados referidos, correspon­
dientes a universidades y/o fundaciones distintas a la Universidad de Extremadura, podrán
realizarse según lo establecido en esta resolución, siempre que se cumplan los siguientes
requisitos:
• Que exista el correspondiente convenio de colaboración entre la Consejería con com­
petencias en materia de educación y la universidad correspondiente. Todo ello, según
se establece en el artículo 7.2 del Real Decreto 592/2014 de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Los centros sostenidos con fondos públicos de Extremadura no podrán acoger estudian­
tes de otras universidades que no tengan suscrito convenio con la Consejería con com­
petencias en educación.
• Que el centro haya sido seleccionado como centro de formación en prácticas en la co­
rrespondiente convocatoria, por la que se resuelve el procedimiento para la selección de
centros de formación en prácticas y tutorías de alumnado en prácticas, correspondientes