Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024061258)
Resolución de 4 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 30 de noviembre de 2023, en la que se acuerda el calendario laboral para el año 2024 del Convenio Colectivo de Sector "Industrias de la madera de la provincia de Badajoz".
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NÚMERO 72
Lunes 15 de abril de 2024

20229

— Se establecen como días festivos de convenio, abonables y no recuperables para el sector de la Industria de la Madera de la Provincia de Badajoz que estará vigente durante
el año 2024 los siguientes días:


• 12 de febrero.



• 27 de marzo.



• 1 de abril.



• 16 de agosto.



• 9 de septiembre.



• 23 de diciembre.



• 24 de diciembre.



• 30 de diciembre.



• 31 de diciembre.



• 1 día en ferias y fiestas de cada localidad.

— Si uno de estos días, coincidiera con fiesta local, el mismo se disfrutará el primer día
hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre la empresa y la representación
legal de los trabajadores/as.
— En el supuesto de que alguna localidad coincidiese una fiesta con sábado o domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio, abonable y no recuperable el inmediatamente
hábil anterior o posterior.
— Estos días no serán computables a efecto de vacaciones.
— Este calendario tiene carácter exclusivamente orientativo y podrá ser modificado por
las empresas del sector, previo acuerdo entre las empresas y los representantes de los
trabajadores, respetándose la jornada anual establecida en el convenio por el año 2024
de 1752 horas.
Se faculta a Laura Méndez Castaño (***6859**), para la presentación, registro y publicación
de las actas de esta comisión.