Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061268)
Resolución de 8 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Asociación de Asesores Excelentes Fiscales y Laborales (ASOCIAE) para la utilización de la Plataforma de presentación y pago telemático de la Junta de Extremadura.
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Viernes 12 de abril de 2024

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA
Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
EXTREMADURA Y LA ASOCIACIÓN DE ASESORES EXCELENTES FISCALES
Y LABORALES (ASOCIAE) PARA LA UTILIZACIÓN DE LA PLATAFORMA DE
PRESENTACIÓN Y PAGO TELEMÁTICO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA.
Mérida 27 de marzo de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, Dña. Elena Manzano Silva como Consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, para cuyo cargo fue nombrada por el Decreto de la Presidenta
18/2023, de 20 de julio, y facultada para este acto según lo dispuesto en el artículo 53.3 de
la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De otra parte, D. Rafael Martín Navazo como Presidente de la Asociación de Asesores Excelentes Fiscales Laborales (ASOCIAE) en representación de la misma según se acredita en el
acta fundacional de la entidad por la que se aprueban los estatutos de esta asociación y de
acuerdo con las funciones que le atribuye el artículo 33 de los mismos.
Los reunidos se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente y suscriben, en nombre
de las respectivas entidades, el presente documento y, al efecto:
MANIFIESTAN
Primero. El artículo 92 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria proclama
la colaboración social, permitiendo, con carácter general, a los interesados, colaborar en la
aplicación de los tributos y señalando, de modo particular, en su apartado 2, que la colaboración social en la gestión de los tributos puede instrumentarse a través de acuerdos de la Administración tributaria con instituciones y organismos representativos de sectores o intereses
sociales, laborales, empresariales o profesionales.
La eficaz colaboración social en la gestión de los ingresos públicos requiere el establecimiento
de unos procedimientos ágiles, sencillos y prácticos de relación entre la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, los obligados tributarios y los representantes de
éstos. Por ello, resulta conveniente para el interés público alcanzar los pertinentes acuerdos
con los indicados representantes.
Segundo. El referido artículo 92 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
en su apartado 4, establece que “La Administración tributaria podrá señalar los requisitos y
condiciones para que la colaboración social se realice mediante la utilización de técnicas y
medios electrónicos, informáticos y telemáticos”.