Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061164)
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, para la autorización ambiental integrada del complejo industrial formado por cuatro plantas solares térmicas con tecnología de colectores cilindro-parabólicos para la producción de energía eléctrica, titularidad de Solaben Electricidad Uno, SAU, Solaben Electricidad Dos, SA, Solaben Electricidad Tres, SA y Solaben Electricidad Seis, SAU, en el término municipal de Logrosán, provincia de Cáceres.
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NÚMERO 70
Jueves 11 de abril de 2024

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ciones de vertido de plantas termosolares en la Cuenca Hidrográfica del Guadiana se
está otorgando el mismo plazo.
2. L
 a impermeabilización del suelo de la isla de potencia, de todas las zonas por las que
circule HTF o en las que se trabaje con HTF, con geotextil y mortero gunitado no resulta
una alternativa válida, entre otros, por los siguientes motivos: no permite el tránsito
ocasional de los equipos y máquinas necesarios para la correcta ejecución de mantenimientos y eventuales reparaciones de las instalaciones de producción de energía, y no
permite dar al suelo la pendiente necesaria que garantice la evacuación de las aguas
pluviales a la red de saneamiento de aguas susceptibles de estar contaminadas con HTF.
3. C
 omo medida de protección del dominio público hidráulico, en caso de un accidente
que implique un vertido de HTF al terreno un día con precipitación, se ha requerido la
construcción de una balsa impermeabilizada con un material que no sea degradado por
el HTF con capacidad para retener la escorrentía diaria correspondiente al periodo de
retorno de 10 años del mayor de los sectores asociados.
Atendiendo a la naturaleza contaminante del HTF y a las condiciones de partida del diseño (concurrencia de accidente y precipitación), el dimensionamiento propuesto con alturas máximas inferiores a 1 metro y con resguardos de 12 cm, no puede ser aprobado.
Entendiendo que el principal condicionante para el dimensionamiento de la balsa es la
elevada cota a la que se sitúa el nivel freático; se considera admisible, en este caso, la
ejecución de una balsa más pequeñas, que en caso de accidente recoja la escorrentía
contaminada por gravedad, para su posterior envío por bombeo, si fuera necesario debido a la duración del aguacero, a otra balsa que permita completar el volumen total de
almacenamiento requerido para cada sector.
De esta forma, en caso de dificultades en el arranque de las bombas, se dispondría de
tiempo para adoptar las medidas necesarias que garanticen el correcto funcionamiento
de los equipos.
4. C
 onsiderando el elevado nivel freático existente en el emplazamiento de Solaben 1, el
terreno no puede clasificarse como de infiltración moderada.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, esta Confederación Hidrográfica del Guadiana,
OA, RESUELVE revisar la autorización administrativa otorgada a Solaben Electricidad Uno,
SA, para realizar el vertido de aguas residuales depuradas procedentes de una planta solar
termoeléctrica, al arroyo del Alcornocal, en el término municipal de Logrosán (Cáceres), con
arreglo al texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado por el Real Decreto Legislativo
1/2001, de 20 de julio, (BOE n.º 176, de 24-7-01), y modificado por la Ley 62/2003, de 30 de