Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061164)
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, para la autorización ambiental integrada del complejo industrial formado por cuatro plantas solares térmicas con tecnología de colectores cilindro-parabólicos para la producción de energía eléctrica, titularidad de Solaben Electricidad Uno, SAU, Solaben Electricidad Dos, SA, Solaben Electricidad Tres, SA y Solaben Electricidad Seis, SAU, en el término municipal de Logrosán, provincia de Cáceres.
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Jueves 11 de abril de 2024

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se autoricen, para el que solicita una ampliación a tres años (prorrogable en uno más), lo que
se justifica en lo establecido en la disposición transitoria quinta del Real Decreto 6/2009, de
30 de abril.
Posteriormente, con objeto de proteger adecuadamente el dominio público hidráulico, el Área
de Calidad de las Aguas de la CHG consideró necesario introducir una serie de modificaciones
en las condiciones III. “Caudales y valores límite de emisión” y IV. “Instalaciones de depuración y evaluación” de la mencionada propuesta de resolución, por lo que con fecha 16 de diciembre de 2009 se notificó modificación de la propuesta de resolución al interesado, el cual,
mediante escrito de fecha 18 de diciembre de 2009 dio su conformidad a la misma.
Mediante Resolución de fecha 22 de diciembre de 2009, se otorgó a Solaben Electricidad Uno,
SA, autorización administrativa para el vertido de las aguas residuales depuradas procedentes de una planta solar termoeléctrica, al arroyo del Alcornocal, en el término municipal de
Logrosán (Cáceres).
Con fecha 23 de abril de 2010, Solaben Electricidad Uno, SA, presentó solicitud de revisión,
aportándose para ello determinada documentación, con objeto de recoger los siguientes aspectos:
— Evacuación conjunta de las aguas residuales depuradas por parte de Solaben Electricidad Uno, SA, Solaben Electricidad Dos, SA, Solaben Electricidad Tres, SA y Solaben
Electricidad Seis, SA.
— Descripción de la gestión y evacuación de las aguas pluviales.
— Adecuación de las obras previstas en dominio público hidráulico a los requerimientos de
la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Con fecha 25 de mayo de 2010, en base a la nueva documentación aportada, se solicitó a la
Jefatura del Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Comisaría de Aguas de la
CHG que informara lo que estimase oportuno en el ámbito de sus competencias, reiterándose
con posterioridad el 7 de julio de 2010. Con fecha 30 de julio de 2010, el Área de Gestión del
Dominio Público Hidráulico manifestó lo siguiente:
“Se consideran viables las modificaciones propuestas, siendo factible el diseño de los puntos
de vertido en lo que a la protección del Dominio Público Hidráulico supone, no obstante deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones respecto a los vertidos de aguas pluviales:
— Se solapará el geotextil con la tubería, disponiéndose una longitud suficiente del mismo
bajo la tubería, de manera que se evite la erosión justo a la salida de la tubería hacia la
grava.