Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061164)
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, para la autorización ambiental integrada del complejo industrial formado por cuatro plantas solares térmicas con tecnología de colectores cilindro-parabólicos para la producción de energía eléctrica, titularidad de Solaben Electricidad Uno, SAU, Solaben Electricidad Dos, SA, Solaben Electricidad Tres, SA y Solaben Electricidad Seis, SAU, en el término municipal de Logrosán, provincia de Cáceres.
118 páginas totales
Página
NÚMERO 70
19840
Jueves 11 de abril de 2024
Origen
Descripción
Código LER
Cantidad
máxima
prevista anual
Mantenimiento
Papel y Cartón
20 01 01
11 Tm/año
Mantenimiento
Materiales o Equipos eléctricos
20 01 36
100 kg/año
Mantenimiento
Maderas
20 01 38
6 Tm/año
Mantenimiento
Plásticos
20 01 39
7 Tm/año
Mantenimiento
Metales
20 01 40
3,5 Tm/año
Oficinas/comedor/ Mantenimiento
Mezcla de residuos municipales
20 03 01
5000 kg/año
Tratamiento de
efluentes
Lodos procedentes de aguas residuales sanitarias (fosa séptica)
20 03 04
114 Tm/año
(1)
LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión 2014/955/UE.
3. L
a generación de cualquier otro residuo no mencionado en esta autorización, deberá ser
comunicada a esta Dirección General Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la
gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la autorización ambiental integrada de tales residuos.
4. L
os residuos generados se entregarán a gestores autorizados para el tratamiento de los
residuos, debiendo aplicarse la jerarquía en la gestión de residuos establecida por la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
5. T
al como se indica en el apartado -g- de la presente resolución, el titular de la AAI deberá
indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados, en su caso,
se hacen cargo de los residuos generados, debiendo aplicarse la jerarquía en la gestión de
residuos establecida por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.
6. Q
ueda expresamente prohibida la mezcla de los residuos generados entre sí o con otros
residuos. Los residuos deberán segregarse desde su origen, disponiéndose de los medios
de recogida y almacenamiento intermedio adecuados para evitar dichas mezclas.
19840
Jueves 11 de abril de 2024
Origen
Descripción
Código LER
Cantidad
máxima
prevista anual
Mantenimiento
Papel y Cartón
20 01 01
11 Tm/año
Mantenimiento
Materiales o Equipos eléctricos
20 01 36
100 kg/año
Mantenimiento
Maderas
20 01 38
6 Tm/año
Mantenimiento
Plásticos
20 01 39
7 Tm/año
Mantenimiento
Metales
20 01 40
3,5 Tm/año
Oficinas/comedor/ Mantenimiento
Mezcla de residuos municipales
20 03 01
5000 kg/año
Tratamiento de
efluentes
Lodos procedentes de aguas residuales sanitarias (fosa séptica)
20 03 04
114 Tm/año
(1)
LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión 2014/955/UE.
3. L
a generación de cualquier otro residuo no mencionado en esta autorización, deberá ser
comunicada a esta Dirección General Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la
gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la autorización ambiental integrada de tales residuos.
4. L
os residuos generados se entregarán a gestores autorizados para el tratamiento de los
residuos, debiendo aplicarse la jerarquía en la gestión de residuos establecida por la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
5. T
al como se indica en el apartado -g- de la presente resolución, el titular de la AAI deberá
indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados, en su caso,
se hacen cargo de los residuos generados, debiendo aplicarse la jerarquía en la gestión de
residuos establecida por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.
6. Q
ueda expresamente prohibida la mezcla de los residuos generados entre sí o con otros
residuos. Los residuos deberán segregarse desde su origen, disponiéndose de los medios
de recogida y almacenamiento intermedio adecuados para evitar dichas mezclas.