Fundación Jóvenes Y Deporte. Premios. (2024080519)
Anuncio de 4 de abril de 2024 sobre las bases reguladoras de la convocatoria de los III Premios "DUEX-Deporte Universitario de Extremadura" de la Fundación Jóvenes y Deporte.
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NÚMERO 70
Jueves 11 de abril de 2024

20026

de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo a lo señalado en sus artículos 3.c)
y 4.a), respectivamente.
Tercera. Procedimiento de concesión.
1. Los III Premios “DUEX-Deporte Universitario de Extremadura” serán otorgados por la Dirección Gerencia de la Fundación Jóvenes y Deporte, a propuesta de un jurado designado por
ella a tal efecto y que estará formado por las personas que se relacionan a continuación:
a. Presidencia: persona que ostente la Coordinación Técnica de Programas y Deporte de la
Fundación Jóvenes y Deporte.
b. V
 icepresidencia: una persona en representación de la Universidad de Extremadura.
c. Secretaría: persona técnica de Programas y Deporte de la Fundación Jóvenes y Deporte
que gestione la Oficina de Atención a Deportistas de Extremadura (OADEXT-PROAD).
d. Vocalías:


i. Una persona en representación de la Dirección General de Jóvenes y Deportes de la
Junta de Extremadura.



ii. Una persona en representación de la Universidad de Extremadura.



iii. Una persona en representación de la entidad patrocinadora principal de estos premios.

Si lo estima necesario, el jurado podrá disponer de la incorporación de personal técnico
especialista en modalidades deportivas concretas, limitándose sus competencias a prestar
colaboración o asesoramiento en sus respectivas especialidades.
El jurado no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la Presidencia o, en su defecto,
de la Vicepresidencia, ni de la Secretaría o de quienes, en su caso, los sustituyan. Igualmente, y teniendo en cuenta lo anterior, el jurado no podrá constituirse ni actuar sin la
presencia de, al menos, cuatro de sus integrantes.
La designación de los miembros del jurado se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
por resolución de la Dirección Gerencia de la Fundación Jóvenes y Deporte con anterioridad
al inicio de sus actuaciones y les serán de aplicación las causas de abstención y recusación
previstas en la sección 4ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.