Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. (2024050052)
Orden de 27 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 69
Miércoles 10 de abril de 2024

19629

— Muy alta: 10 puntos.
— Alta: 8 puntos.
— Media: 6 puntos.
— Baja: 4 puntos.
— Muy baja: 2 puntos.
— Nula: 0 puntos.
2.b) Producción, Guion y Dirección (Máximo 20 puntos).
Se valorará la trayectoria profesional del productor solicitante, guiónista, o director/a,
teniendo en cuenta sus trabajos en largometrajes o cortometrajes anteriores, calificados
por el ICAA, para lo que deberán adjuntar el certificado de calificación correspondiente y
la ficha técnica de los créditos presentada para su calificación, no siendo acumulativos los
distintos apartados diferenciados de cortometrajes y largometrajes.
Por otro lado, se valorará también el hecho de haber sido seleccionados en festivales cinematográficos y los premios conseguidos en los mismos, que se justificará mediante documento justificativo emitido y debidamente firmado por la entidad organizadora del festival
correspondiente.


2.b.1. Películas calificadas (Máximo 5 puntos):



— Dos o más largometrajes calificados por el ICAA: 5 puntos.



— Un largometraje calificado por el ICAA: 4 puntos.



— Cinco o más cortometrajes calificados por el ICAA: 3 puntos.



— Más de dos y hasta cuatro cortometrajes calificados por el ICAA: 2 puntos.



— Uno y hasta dos cortometrajes calificados por el ICAA: 1 punto.



— Ningún largometraje o cortometraje calificados en el ICAA: 0 puntos.



2.b.2. Participación en Festivales cinematográficos (Máximo 15 puntos):

d) 2.1 Festivales grupo A: Estar seleccionado en alguno de los siguientes: 8 puntos, y si
además ha sido premiado, 2 puntos adicionales: