Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061185)
Resolución de 1 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda por la que se modifica el Convenio de Cooperación Educativa para la realización de prácticas académicas externas entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila.
5 páginas totales
Página
NÚMERO 65

18808

Jueves 4 de abril de 2024

Sexto. Que conforme lo establecido en la cláusula décima del Convenio, los términos del
mismo podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes durante su vigencia, o de
la prórroga, y requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
Séptimo. Que con el fin de continuar con los términos de colaboración establecidos entre las
partes firmantes del Convenio, para que los estudiantes de la UCAV puedan realizar prácticas
académicas externas en centros dependientes de la Consejería de Salud y Servicios Sociales
de la Junta de Extremadura, y al amparo de lo previsto en el Real Decreto 592/2014, de 11
de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, el Real decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto
del estudiante universitario y por la normativa específica tanto estatal como autonómica que
resulte de aplicación, acuerdan formalizar la presente Adenda de este Convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de la presente adenda modificar el contenido del Convenio de Cooperación Educativa para la Realización de Prácticas Académicas Externas, entre la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad Católica Santa
Teresa de Jesús de Ávila firmado el 19 de mayo de 2021 con el fin de adaptarlo a la normativa
relacionada con las cotizaciones a la Seguridad Social por parte de los alumnos que realizan
las prácticas.
Segunda. Modificación de la Cláusula “Tercera: Condiciones generales para la realización de
las prácticas”.
Se añade, al contenido de la cláusula tercera, el siguiente párrafo:
“De conformidad con lo establecido en la disposición adicional quincuagésima segunda del
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, los estudiantes universitarios, nacionales o extranjeros, que realicen prácticas formativas externas en el territorio español, ya
sea en modalidad presencial u online, quedarán incluidos en el sistema de Seguridad Social
como asimilados a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad
Social a partir del 1 de enero del 2024, acordando las partes que el cumplimiento de las
obligaciones de Seguridad Social con respecto a los estudiantes de la Universidad que realicen prácticas formativas externas en centros dependientes de la Consejería, se ajustará,
al ser prácticas no remuneradas, a las siguientes reglas:
a) El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la UCAV, que
asumirá la condición de empresario como centro de formación responsable de la oferta
formativa.