Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061183)
Resolución de 1 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio de 27 de enero de 2022 entre la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la realización de un Proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 65
Jueves 4 de abril de 2024

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Migraciones en el ámbito de la inclusión social, por un importe de 109.787.404 euros, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con fecha 27 de enero de 2022,
las partes suscribieron el Convenio para la realización de un proyecto para la inclusión social
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el “Boletín
Oficial del Estado” con fecha 21 de febrero de 2022 (BOE núm. 44).
Segundo.
Que de acuerdo con el apartado 2 de la disposición final primera del Real Decreto 378/2022,
de 17 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de la inclusión social, por un importe
de 102.036.066 euros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:
Se da nueva redacción al apartado 4 del artículo 6, que queda redactado como sigue:
“4. Serán financiables las actuaciones vinculadas al objeto del correspondiente convenio
que articule las subvenciones y que sean desarrolladas a partir del 1 de febrero de 2020
hasta, como máximo, el 31 de octubre de 2023 para la ejecución del itinerario objeto de la
subvención y hasta el 31 de marzo de 2024 para su evaluación, siempre y cuando cumplan
los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia”.
Que de acuerdo con el apartado 3 de dicha disposición final:
Se modifica el apartado 1 del artículo 16 que queda redactado como sigue:
“1. El plazo de ejecución de los proyectos piloto de itinerarios de inclusión social objeto de
las subvenciones previstas en el presente texto no deberá exceder la fecha límite del 31 de
octubre de 2023, mientras que la evaluación de los mismos, objeto de la subvención, no
se extenderá del plazo del 31 de marzo de 2024, con la finalidad de cumplir con los hitos
marcados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de política
de inclusión”.
Y que procede, por tanto, la adaptación del convenio suscrito a esta nueva redacción.
Tercero.
Que de acuerdo con la disposición transitoria única del Real Decreto 378/2022, de 17 de
mayo, las entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en el Real Decreto 938/2021,