Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061144)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Asociación Mensajeros de la Paz Extremadura, para el ciclo formativo de Grado Medio en Atención a Personas en Situaciones de Dependencia del IES Maestro Juan Calero de Monesterio.
8 páginas totales
Página
NÚMERO 63
Martes 2 de abril de 2024

18470

□ E ntrevista personal por la empresa colaboradora y/o centro educativo.
□ Test psicotécnicos por la empresa colaboradora y/o centro educativo.
□ R econocimiento médico.
□ O tros (especificar): calificaciones, y asistencia a clase durante el primer trimestre del
primer curso y la motivación del alumnado en caso de empate.
Decimoquinta. Los estudiantes relacionados en el Anexo II cuando cursen segundo curso del
ciclo tendrán derecho a beca en las siguientes condiciones:

□ Por la Administración educativa, en la cuantía de ….… euros/mes.
□ Por la empresa colaboradora, en la cuantía de ……. euros/mes.
□ O tras entidades (especificar): en la cuantía de .……euros/mes.
□X N o se concederá beca.
Decimosexta. En todo momento el alumnado irá provisto en la empresa del DNI y tarjeta de
identificación del centro educativo.
Decimoséptima. Los estudiantes participantes en los proyectos de Formación Profesional Dual
del sistema educativo habrán de someterse al proceso de selección fijado en este Convenio.
Decimoctava. Los estudiantes y tutores legales, en su caso, deberán adoptar, suscribiendo
el modelo normalizado establecido al efecto (Anexo IV), el compromiso de cumplir las condiciones del proyecto y de la empresa participante establecidas en el Convenio.
Decimonovena. Se establece formación complementaria:

□X N o.
□ S í

1

(especificar):

Vigésima. Este Convenio entra en vigor desde el momento de la firma del mismo y tendrá
una duración de cuatro años.
Vigésimo primera. En lo no contemplado en el Convenio y sus Anexos será de aplicación el
Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, y demás normativa de aplicación.

1

Su desarrollo se concreta en el programa de formación.