Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Nombramientos. (2024061108)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Presidencia del Consejo de Formación Profesional de Extremadura, por la que se nombra a los miembros del Consejo de Formación Profesional de Extremadura a propuesta de las organizaciones empresariales y sindicales a las que representen.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
NÚMERO 63

18419

Martes 2 de abril de 2024

II

AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL

RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2024, de la Presidencia del Consejo de
Formación Profesional de Extremadura, por la que se nombra a los miembros
del Consejo de Formación Profesional de Extremadura a propuesta de las
organizaciones empresariales y sindicales a las que representen. (2024061108)
El Consejo de Formación Profesional de Extremadura se crea y regula según el Decreto
75/2001, de 29 de mayo, como órgano consultivo y de asesoramiento, tripartito, compuesto
por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y las Consejerías implicadas en la Formación Profesional.
Por su parte, mediante Orden de 16 abril de 2002, se aprobó su Reglamento de Organización
y Funcionamiento del Consejo de Formación Profesional de Extremadura. En el artículo 14 de
la citada orden se recoge que cada cuatro años se producirá la renovación de la composición
del Consejo, teniendo en cuenta para ello las modificaciones que se hubieran producido en
cuanto a la representatividad en sus correspondientes ámbitos territoriales de las organizaciones empresariales y sindicales. El nombramiento, renovación o cese de representantes de
la Administración, así como de sus suplentes, se realizará mediante orden conjunta de las
Consejerías con competencias en materia de educación y empleo y los demás miembros del
Consejo serán nombrados, renovados y cesados por la Presidencia del Consejo, a propuesta
de las organizaciones empresariales y sindicales a las que representan.
De conformidad con lo expuesto, vistas las propuestas de las organizaciones representativas
de las organizaciones empresariales y sindicales que ostentan la condición legal de más representativas y en virtud de las competencias que se ostentan legalmente,
RESUELVO:
Único. Nombrar vocales del Consejo de Formación Profesional de Extremadura en representación de las organizaciones sindicales y empresariales que tengan la condición legal de más representativa de la región, por un periodo de cuatro años a contar desde el 1 de enero 2024, a:
En representación de la Unión General de Trabajadores (UGT):
D. Francisco Morcillo Pereiro; que será suplido por D. Adolfo Miguel Jiménez Martín.