Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061113)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial (termosolar) de 49,9 MW, Astexol-2, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA08/292.
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NÚMERO 63
Martes 2 de abril de 2024



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–S
 e ha proyectado un sifón en el colector que dirige los efluentes desde el campo
solar hasta la balsa de retención en el punto de coordenadas UTM: X: 667.641; Y:
4.298.379; HUSO 29; ETRS89. Citada conducción cruza en citado punto de modo
subterráneo el cauce innominado tributario del arroyo Valhondo, modificando en
ese punto la solución técnica inicialmente proyectada de modo que la misma cumple con los criterios establecidos por este organismo.



–S
 e ha modificado el punto de vertido de las aguas procedentes de la balsa de retención proyectada, de modo que las aguas tratadas son transportadas por una
conducción DN500 hasta una arqueta de 80x80 cm. que alojará una válvula de
corte y una poceta de desagüe para la retención inicial del agua de escorrentía
en caso de siniestro. Citada arqueta quedará ubicada fuera de zona de policía
del arroyo Valhondo en el punto de coordenadas UTM (ETRS89) X: 667.527; Y:
4.298.527, HUSO 29, a partir de ella se proyecta un canal de sección trapezoidal
de 20 m de longitud con revestimiento de hormigón HM-20 de 15 cm en espesor
que dirigirá las aguas hasta un punto del terreno en el que la pendiente natural del
mismo favorece el drenaje del vertido de las aguas tratadas por gravedad hasta el
DPH del arroyo Valhondo en el punto de coordenadas UTM (ETRS89) X: 667.563;
Y:4.298.561, HUSO 29.



–L
 os puntos finales de vertidos al arroyo Valhondo por el área norte de la planta
termosolar, encargados del desagüe de la escorrentía superficial, no son alterados
ni sufren modificación de tipo alguno en la intervención que se pretende llevar a
cabo. Las características constructivas de los puntos finales de vertido hacia el
Arroyo Valhondo, estaban incluidas dentro del alcance del “Proyecto básico de desvío de cauce del desagüe Valhondo de la Central Termoeléctrica Astexol-2” suscrito
por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos D. Edgardo Ibáñez Prudente, Col.
n.º 12693, con fecha de 28 de julio de 2010 (visado de 10 de agosto de 2010)
habiéndose ejecutado las actuaciones de acuerdo con lo previsto en la autorización
administrativa otorgada por este organismo de cuenca de fecha 9 de marzo de
2011 en el expediente de referencia ENCA-11/10.

Conclusión:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Servicio, en el ámbito de sus competencias, considerando que han sido subsanadas por el peticionario las deficiencias indicadas en el informe
desfavorable emitido con fecha 24 de noviembre de 2021, informa que no existe inconveniente en que se acceda a lo solicitado por el peticionario en las condiciones que la Administración
establece para esta clase de obras y las particulares que a continuación se relacionan: