Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Bienes De Interés Cultural. (2024040040)
Decreto 26/2024, de 26 de marzo, por el que se declara Bien de Interés Cultural el "Poblado de Zamarrillas", en el término municipal de Cáceres, con la categoría de Sitio Histórico.
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Martes 2 de abril de 2024

De la misma forma, se procedió a su comunicación al Registro de Bienes de Interés Cultural
del Ministerio de Cultura y Deporte, donde aparece inscrito con el código de anotación preventiva 30536.
Dando cumplimiento a lo previsto en la resolución de incoación, se procedió a practicar la
notificación a las personas interesadas en el procedimiento, así como al Ayuntamiento de
Cáceres, constando en el expediente las correspondientes acreditaciones de aquellas que han
sido recibidas por los destinatarios.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de
Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se procedió a publicar anuncio de notificación
en el Boletín Oficial del Estado número 143, de 16 de junio de 2023, a las personas interesadas en el procedimiento que, por distintas causas, no recibieron las mismas en los domicilios
conocidos.
Asimismo, se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el
artículo 4.1 de Ley 2/1999, de 29 de marzo, siendo ambos favorables. Igualmente, se ha obtenido el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del Estatuto de Autonomía de Extremadura y el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes
y Deportes, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en
sesión celebrada el día 26 de marzo de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Declaración.
Declarar Bien de Interés Cultural el “Poblado de Zamarrillas”, en el término municipal de Cáceres, con la categoría de Sitio Histórico, de acuerdo con las especificaciones de los anexos
que se acompañan.
Artículo 2. Publicaciones.
Publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado el presente decreto, y notificar el mismo a los interesados y al Ayuntamiento de Cáceres.
Artículo 3. Inscripción registral.
Comunicar esta declaración al Ministerio de Cultura, para su inscripción definitiva en el Registro General de Bienes de Interés Cultural.