Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos. (2024061105)
Resolución de 20 de marzo de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se modifica la composición de la Comisión de Baremación II que ha de valorar los méritos de las personas participantes de los procedimientos selectivos convocados por Resolución de 27 de diciembre de 2022.
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Lunes 1 de abril de 2024

formidad con el subapartado a) del apartado tercero de la Resolución de 9 de agosto de 2023,
de la Consejera, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma (DOE
núm. 156, de 14 de agosto), esta Dirección General,
ACUERDA:
Único. Añadir una vocalía a la Comisión de Baremación II, resultando la composición como
se detalla en el anexo a la presente resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de
Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación,
conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 102 y
103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, o bien en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contenciosoadministrativo del domicilio de la persona demandante o el correspondiente a la sede de este
órgano administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 20 de marzo de 2024.
El Director General de Personal Docente
PD, Resolución de 9 de agosto de 2023
(DOE núm. 156, de 14 de agosto),
DAVID MORENO REGO