Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061077)
Resolución de 16 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental integrada de la fábrica de piensos, promovida por SCL Ganadera de Salvaleón, en el término municipal de Salvaleón.
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NÚMERO 60
Martes 26 de marzo de 2024

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Además, las ventanas existentes en la nave almacén dispondrán de filtros para evitar que
las partículas salgan al exterior.
7. Se deberá impedir mediante los medios y señalización adecuados, el libre acceso a las
instalaciones de recogida y tratamiento de las emisiones contaminantes a la atmósfera
del personal ajeno a la operación y control de las mismas, siendo responsable de cuantos
daños y perjuicios puedan ocasionarse.
8. Deberá contemplarse un plan de gestión de posibles olores como parte del sistema de gestión ambiental (MTD 15).
c) Medidas de protección y control de la contaminación de aguas.
1. L
 a instalación industrial contará con las siguientes redes independientes de saneamiento:
a. Aguas residuales sanitarias, procedentes de aseos y servicios.
b. A
 guas pluviales recogidas en viales con tránsito de vehículos.
c. Aguas pluviales limpias recogidas en cubiertas y zonas pavimentadas sin tránsito de
vehículos.
2. La fracción a) será conducida de manera independiente a fosa estanca dimensionada para
las necesidades de la planta y provista de sensor de nivel, que determinará con suficiente
antelación su retirada por gestor de residuos autorizado.
3. Los imbornales que recojan aguas pluviales caídas sobre viales con tránsito de maquinaria
deberán canalizar las aguas a un separador de hidrocarburos dimensionado para un caudal
de máxima pluviometría, que asegure un adecuado tratamiento de la fracción b) previo a
su vertido.
4. L
 a fracción c) se recogerá y verterá al terreno dentro de la parcela.
5. Queda prohibido, con carácter general, el vertido directo o indirecto de aguas y productos
residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento
del dominio público hidráulico, salvo que cuente con la previa autorización administrativa
de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
6. S
 erá imprescindible la instalación de una arqueta final de registro para el correcto control
y toma de muestras de los vertidos. Esta arqueta estará distante aproximadamente a un
metro por el límite exterior de la propiedad. Las dimensiones mínimas de dichas arquetas
permitirán la toma de muestras desde el exterior de las instalaciones por parte de los inspectores ambientales.