Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Oficinas De Asistencia A La Ciudadanía. (2024061074)
Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Consejera, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 23 de abril de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se hace pública la creación de la Oficina de Asistencia Virtual, así como la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para atender a lo previsto en el artículo 84.bis de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Martes 26 de marzo de 2024

Por todo ello, con base en el artículo 92.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y de acuerdo con las
competencias que se confieren a esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en
materia del servicio público de información administrativa y atención a la ciudadanía, ejercidas a través de la Dirección General de Función Pública (reconocidas en el Decreto 77/2023,
de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, DOE núm. 145, de 28 de julio de 2023), a propuesta
del Director General de Función Pública,
RESUELVO:
Primero. Aprobar y hacer pública la relación actualizada de la Oficina de Asistencia Virtual y
de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, que se incluye en el Anexo que se incorpora a la presente resolución.
La información actualizada sobre la localización de las oficinas de asistencia a la ciudadanía y
su nivel de servicios estará también disponible en el Punto de Acceso General Electrónico de
la Junta de Extremadura https://www.juntaex.es
En cuanto a las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, en algunos supuestos, tienen más de
una localización (en total 88 localizaciones). En tal caso, en la primera localización que se cita
para cada Oficina en el Anexo la ciudadanía dispone de todos los servicios reconocidos en el
artículo 84.bis de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En las siguientes, marcadas con asterisco, se identifican
las localizaciones en las que se prestan algunos de ellos, garantizando en todos estos casos,
al menos, el servicio de registro y digitalización de documentos.
Segundo. Dejar sin efecto el anexo de la Resolución de 23 de abril de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se hace pública la
creación de la Oficina de Asistencia Virtual, así como la relación de las Oficinas de Asistencia a
la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para atener
a lo previsto en el artículo 84.bis de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura,
que producirá efectos desde la fecha de su publicación.
Mérida, 14 de marzo de 2024.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA