Servicio Extremeño De Salud. Audiencia. Información Pública. (2024061060)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se acuerda la apertura de un trámite de audiencia e información pública en relación con el procedimiento de revisión de oficio realizado en cumplimiento del fallo de la sentencia firme n.º 141/2023, dictada por el Juzgado Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida en el procedimiento abreviado n.º 155/2022, promovido por D.ª Susana Agudo Garzón.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
NÚMERO 59
Lunes 25 de marzo de 2024

17511

SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se acuerda la apertura de un trámite de audiencia e
información pública en relación con el procedimiento de revisión de oficio
realizado en cumplimiento del fallo de la sentencia firme n.º 141/2023,
dictada por el Juzgado Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida en el
procedimiento abreviado n.º 155/2022, promovido por D.ª Susana Agudo
Garzón. (2024061060)
Mediante el Acuerdo del Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales,
con fecha 11 de julio de 2023, se determinó la incoación de un procedimiento de revisión de
oficio en cumplimiento del fallo de la sentencia firme n.º 141/2023, dictada por el Juzgado
Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida en el procedimiento abreviado n.º 155/2022,
interpuesto por D.ª Susana Agudo Garzón contra la presunta existencia de un acto nulo de
pleno derecho consistente en el trato discriminatorio sufrido por la demandante con ocasión
de una oferta de nombramiento realizada por el Servicio Extremeño de Salud, el 12 de enero
de 2015, en la categoría de Enfermero/a y para Unidades de Especiales Características de
esta categoría, y en la que se acordó el pase de la misma a la situación de “suspenso” o “no
disponible” para todos los tipos de nombramientos.
Una vez transcurridos más de seis meses desde la adopción del citado Acuerdo de 11 de julio
de 2023, del Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, y habida
cuenta de que la revisión de oficio consiste en un largo proceso de enorme complejidad tanto
desde el punto de vista técnico como por la existencia de complicados trámites preceptivos y
el gran volumen y documentación que debe ser objeto de análisis y estudio para su correcta
resolución, se ha producido la caducidad del procedimiento de revisión de oficio iniciado mediante el citado Acuerdo de 11 de julio de 2023, todo ello de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 106.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE n.º 236, de 2 octubre), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
Por este motivo, la Consejera de Salud y Servicios Sociales ha procedido a dictar la Resolución
de 19 de febrero de 2024, en la que se ha determinado declarar la caducidad del procedimiento de revisión de oficio incoado mediante el Acuerdo de 11 de julio de 2023, así como también
ha determinado acordar la incoación de un nuevo procedimiento de revisión de oficio, para
continuar así con el cumplimiento del fallo de la citada sentencia firme n.º 141/2023.
Por todo lo antes expuesto, y de conformidad con lo establecido en los artículos 83, 106 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de