Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061034)
Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Primera Adenda al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Universidad Nacional de Educación a Distancia para el desarrollo de las prácticas académicas de las titulaciones de Grado y Posgrado.
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Lunes 25 de marzo de 2024

PRIMERA ADENDA AL CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN,
Y EMPLEO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL
DE EDUCACIÓN A DISTANCIA PARA EL DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS
ACADÉMICAS DE LAS TITULACIONES DE GRADO Y POSGRADO
Mérida, 11 de marzo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, don Francisco Eugenio Pozo Pitel, cargo para el
que fue nombrado por Decreto 2/2024, de 9 de enero (DOE núm. 7, de 10 de enero de 2024),
en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto), en representación de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional.
De otra parte, Dña. Nancy Anne Konvalinka, en calidad de Vicerrectora de Coordinación Académica y Calidad de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cargo para el que fue
nombrado por Resolución rectoral de 21 de diciembre de 2018, en nombre y representación
de la misma, por virtud de la delegación de competencias efectuada mediante Resolución del
Rectorado de 16 de octubre de 2020 (BOE de 5 de noviembre).
Las partes, según intervienen, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria y la representación suficiente para formalizar la presente Adenda y al efecto,
EXPONEN:
Primero. Que con fecha 24 de septiembre de 2021, las partes en aquella fecha la consejería
de Educación y Empleo, firmaron Convenio para el desarrollo de las prácticas académicas de
las titulaciones de grado y posgrado.
No obstante, al tiempo de suscribir la presente Adenda, la competencia la ostenta la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional de conformidad con el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio por el que se modifican la denominación y las competencias de
las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE núm. 140, de 21 de julio).
Segundo. Que es interés de las partes modificar el alcance del Convenio con ocasión de la
entrada en vigor el día 1 de enero de 2024 de la disposición adicional quincuagésima segunda
del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre añadida por el apartado treinta y cuatro del artículo único del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de
derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un
nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.