Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064381)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento de residuos de construcción y demolición, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Villar del Rey, en el término municipal de Villar del Rey (Badajoz).
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Lunes 25 de marzo de 2024

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dos para una economía circular; y dejar la instalación industrial en condiciones adecuadas
de higiene medio ambiental. A tal efecto, deberán retirarse las sustancias susceptibles de
contaminar el medio ambiente.
5. E
 l desmantelamiento, y el derribo en caso de realizarse, deberá llevarse a cabo de forma
que los residuos generados se gestionen aplicando la jerarquía establecida en la Ley de
residuos, de forma que se priorice la reutilización y reciclado.
6. A
 la vista del plan ambiental del cierre y cumplidos el resto de trámites legales exigidos,
la DGS, cuando la evaluación resulte positiva, dictará resolución autorizando el cierre de la
instalación o instalaciones y modificando la autorización ambiental unificada o, en su caso,
extinguiéndola.
- j - Otras medidas
1. R
 especto a la ubicación y construcción se atenderá a lo establecido en la normativa urbanística
y en la autorización ambiental, correspondiendo a los Ayuntamientos y la Consejería, las
competencias en estas materias. En cualquier caso, las instalaciones existentes deberán
estar legalizadas para la actividad que se utilizan y la autorización de obra deberá ceñirse
a lo establecido en las correspondientes Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.
2. L
 as afecciones, si las hubiera, sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, montes de
utilidad pública, caminos públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes deberán contar con los permisos de ocupación y autorizaciones pertinentes, garantizándose su
adecuado funcionamiento y estado durante toda la duración de la actividad.
3. D
 eberá cumplir con la legislación vigente en materia de protección contra incendios.
El condicionado indicado anteriormente se emite sin perjuicio del cumplimiento de cualquier
normativa que le sea de aplicación al desarrollo de la actividad.
- k - Prescripciones finales
1. S
 egún el artículo 17 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la autorización ambiental unificada objeto de la presente resolución tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de la necesidad de obtener
o renovar las diversas autorizaciones sectoriales que sean pertinentes para el ejercicio de
la actividad en los periodos establecidos en esta ley y en la normativa reguladora vigente.
2. E
 l titular de la instalación deberá comunicar a la DGS cualquier modificación que se proponga realizar en la misma según se establece en el artículo 20 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.