Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064381)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento de residuos de construcción y demolición, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Villar del Rey, en el término municipal de Villar del Rey (Badajoz).
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Lunes 25 de marzo de 2024

2. P
 ara los focos del 1 al 3 se adoptarán las siguientes medidas correctoras:
a) Se dotará la instalación y a los equipos de difusores de agua suficientes para que se cree
una atmósfera que no permita el paso de partículas sólidas a las parcelas colindantes.
b) El transporte del material en los camiones se realizará cubriendo la caja con una malla
tupida que evite el levantamiento de polvo.
c) La maquinaria no superará los 30 km/h con el fin de minimizar la puesta en suspensión
de partículas en la atmósfera.
d) En caso necesario, se extenderá y compactará material granular sobre la zona de tránsito.
e) N
 o se realizarán acopios con alturas que superen la altura del cerramiento exterior de
la instalación. La altura máxima de los acopios será de 2 metros. El cerramiento será de
obra civil o de algún material que no deje pasar el polvo a su través. Este tendrá una
altura de 3 metros formada por bloques de hormigón más 1,3 metros de malla en la
parte superior para evitar el arrastre de materiales por el viento a parcelas colindantes.
f) Los acopios se ubicarán en los lugares más protegidos del viento o con medidas para
protegerlos del viento y con una separación suficiente de los límites de la instalación.
g) En el caso de los residuos no peligrosos que puedan generar problemas de olores, estos, deberán ser almacenados en condiciones herméticas (contenedores o depósitos
cerrados que no dejen pasar el aire ni otros fluidos). Además, en caso de que derivasen
problemas asociados a la generación de olores la Dirección General de Sostenibilidad
podrá requerir al titular de la instalación la realización de muestreos y análisis de concentración de olor mediante olfatometría dinámica, u otra técnica que cuente con análogo reconocimiento técnico; así como la implementación de medidas correctoras para
evitar molestias por olores debidas al funcionamiento de la planta.
h) L
 as emisiones de estos focos no provocarán en ningún caso la superación de los valores
límites de contaminantes establecidos por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero,
relativo a la mejora de la calidad del aire.
De esta forma nunca se generarán emisiones que puedan originar, en el exterior de la
parcela en la que se ubica la actividad objeto de esta autorización, valores de concentración de partículas en aire ambiente por encima del siguiente valor:
CONTAMINANTE

VALOR LIMITE DE INMISIÓN

Partículas PM10

50 mg/Nm³ (valor medio diario)