Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Agrupación De Defensa Sanitaria. Subvenciones. (2024050045)
Orden de 20 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 59
Lunes 25 de marzo de 2024

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ORDEN de 20 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras
de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las
Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola en la Comunidad Autónoma de
Extremadura. (2024050045)
La sanidad animal es uno de los principios básicos sobre los que se asienta la competitividad
de las explotaciones ganaderas de Extremadura.
La Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, en su artículo 3.1), define y enmarca la
figura y naturaleza de la Agrupación de Defensa Sanitaria, y en su artículo 43 dispone que las
Administraciones públicas podrán habilitar líneas de ayuda encaminadas a subvencionar los
programas sanitarios para fomentar así la constitución de agrupaciones de defensa sanitaria
ganadera.
Siguiendo estas directrices y tras la experiencia adquirida en la creación y funcionamiento de
las Agrupaciones de Defensa Sanitaria, se hizo necesaria la creación de un marco legal de
apoyo económico de un régimen de ayudas para las Agrupaciones de Defensa Sanitaria en
Extremadura.
En 2015 se publica el Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las
bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas, que deroga el Real Decreto 784/2009 que establecía la normativa básica de
las subvenciones destinadas al fomento de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas.
Dichas ayudas se ajustaban a lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los
sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, vigente
en el momento de su aprobación.
Recientemente, no obstante, ha entrado en vigor el nuevo Reglamento (UE) 2022/2472 de
la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías
de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado
interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea. Este nuevo reglamento introduce un importante cambio en la regulación de las
ayudas de Estado compatibles con el mercado interior en cuanto a las ayudas destinadas a
compensar los costes de prevención, control y erradicación de enfermedades animales, al
señalar, en su artículo 6.5.e), que no será necesario que dichas ayudas, cuando se cumplan
las condiciones establecidas en el artículo 26, tengan un efecto incentivador ni se considerará
que lo tienen.