Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2024040037)
Decreto 23/2024, de 19 de marzo, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social.
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NÚMERO 59
Lunes 25 de marzo de 2024

I

17294

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DECRETO 23/2024, de 19 de marzo, por el que se modifican las relaciones
de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social. (2024040037)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través de las cuales las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación
de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos
para el desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Mediante el presente decreto, se lleva a cabo la modificación de determinados puestos de
personal funcionario y de personal laboral, con la finalidad de llevar a cabo la correcta gestión
de competencias encomendadas a los órganos que estructuran la consejería, acentuando,
especialmente, las asumidas por la Dirección General de Administración Local.
Así pues destaca, la adecuación de las funciones relacionadas con el nuevo contexto creado
por la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura,
en las relaciones de la Comunidad Autónoma con la Administración Local y con el propósito de
disponer para el acceso al citado puesto de más candidatos potenciales que cumplan con las
exigencias de gestión, tratando así de ampliar el abanico de perfiles profesionales que pudieran desempeñar el referido puesto de trabajo, se propone la apertura de éste al Subgrupo A2.