Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061044)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de "Centro de tratamiento de vehículos al final de su vida útil", cuya promotora es Matutaller, SL, en el término municipal de Lobón (Badajoz). Expte.: IA23/1069.
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Viernes 22 de marzo de 2024

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accidentales al medio, así como se controlará las emisiones de gases y contaminantes
de los vehículos y maquinaria utilizados en la obra, mediante su correspondiente revisión y la continua puesta a punto.


• Para evitar niveles de inmisión elevados de partículas en suspensión durante la fase
de obras, se procederá al riego sistemático de las superficies que puedan provocar
este tipo de contaminación.



• Las áreas donde se desarrollen trabajos de obra deberán estar dotadas de bidones y
otros elementos adecuados de recogida de residuos sólidos y líquidos de obra (aceites, grasa, piezas sustituidas, etc.), así como las basuras generadas por el personal
empleado.



• Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en
función de su tipología, clasificación y compatibilidad.



• Una vez terminadas las obras se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas, retirando las instalaciones temporales, escombros y cualquier tipo de residuo
generado por las máquinas, que serán entregados a gestor de residuos autorizado. En
caso de producirse un volumen sobrante de tierras, no estará permitido su vertido incontrolado, sino que deberán ser entregadas a gestor autorizado. Se pondrá especial
atención en la retirada de cualquier material no biodegradable o contaminante que
se produzca a la hora de realizar los trabajos (embalajes, plásticos, metales, etc.).
Estos residuos deberán almacenarse de forma separada y gestionarse por gestor
autorizado.



• Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente
los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de
Cultura.

c. Medidas en fase de explotación.


• Toda la superficie de la instalación deberá estar dotada de pavimento impermeable.
La zona deberá estar vallada o cerrada en todo su perímetro.



• Las zonas de recepción de vehículos, almacenamiento de componentes retirados de
vehículos, descontaminación deberán ser zonas cubiertas.