Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2024061043)
Resolución de 13 de marzo de 2024, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Herederos de García Baz, SL, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Línea eléctrica de alta tensión a 20 kV, en Jaraicejo (Cáceres)". Expte.: AT-9504.
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NÚMERO 58
Viernes 22 de marzo de 2024

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los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución
pertinente, en la que se solventarán las problemáticas o discrepancias surgidas con motivo de
las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que
no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, y la Empresa ha aceptado los condicionados de Administraciones Públicas y entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio,
RESUELVE:
Conceder a Herederos de García Baz, SL, autorización administrativa previa de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Proyecto de línea eléctrica de alta tensión a 20
kV, en Jaraicejo (Cáceres)”, cuyos datos esenciales son los indicados seguidamente:
Nueva línea subterránea de media tensión.
— Origen: CS entronque 1.
— Final: CM caseta.
— Tensión de servicio: 20 kV.
— Tipo de conductor: DHV-12/20 Al 150 mm2.
— Tipo de línea: Subterránea, en simple circuito.
— Longitud total conductor: 0,137 km.
— Emplazamiento: Terrenos públicos (polígono 501 parcela 9001 La Rinconada), en Jaraicejo (Cáceres).
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.