Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061006)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el desarrollo de prácticas externas de las titulaciones de Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria.
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Viernes 22 de marzo de 2024

mación Profesional, serán causas de resolución anticipada del mismo, correspondiendo a la
Comisión de Seguimiento fijar las condiciones de la terminación de las actuaciones en curso.
En caso de incumplimiento del Convenio por una de las partes, la otra podrá notificar a la
parte incumplidora un requerimiento para que se cumpla en el plazo de un mes con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado
también a la Comisión de Seguimiento.
Si transcurrido el plazo de un mes persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra y a la Comisión de Seguimiento la concurrencia de la causa de resolución y se
entenderá resuelto el Convenio.
En cualquier caso, la Comisión de Seguimiento deberá hacer constar en el acta correspondiente
el cumplimiento o, en su caso, el incumplimiento de las obligaciones recíprocas de cada parte.
El presente Convenio podrá resolverse anticipadamente por cualquiera de las causas de resolución establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Undécima. Modificación del Convenio.
El presente Convenio solo podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto, mediante acuerdo de modificación del
mismo, suscrito por representantes debidamente autorizados de ambas partes.
Duodécima. Jurisdicción.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y
la Universidad de Extremadura se comprometen a buscar la resolución de cualquier conflicto
o discrepancia que pudiera surgir en la interpretación o ejecución del presente Convenio de
manera amistosa, mediante su sometimiento a la Comisión de Seguimiento.
En caso de que no pudiera ser resuelto como antecede, el presente Convenio se someterá a
la jurisdicción contencioso-administrativa.
Estando ambas partes de acuerdo con el contenido de este documento, y para que así conste y
en prueba de conformidad, se firma el mismo por triplicado en el lugar y fecha indicados al inicio.

Por la Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional.
El Secretario General,
(PD, Resolución de 9 de agosto de 2023,
DOE núm. 156, de 14 de agosto),
D. FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL

Por la Universidad de Extremadura.
El Rector,
PEDRO M.ª FERNÁNDEZ SALGUERO