Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061049)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Centro de investigación, desarrollo y divulgación en técnicas de permacultura", cuyos promotores son Francisco José Alonso-Villaverde Ballesteros, Andrea Martín-Artajo Gonzáles-Aledo, Carlos García Pallares y Antonio González Martínez, en el término municipal de Villasbuenas de Gata. Expte.: IA22/1675.
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Viernes 22 de marzo de 2024

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a cabo. Los impactos producidos sobre el suelo en la fase de funcionamiento serán la
ocupación del mismo por las instalaciones y edificaciones proyectadas, así como posibles derrames accidentales. Aplicando las correspondientes medidas, estas afecciones
no deberían ser significativas.
— Fauna.
Los efectos sobre la fauna pueden venir derivados de las molestias por la contaminación
acústica, principalmente durante la fase de obras y la contaminación lumínica.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que en la zona
de actuación no existen especies de fauna protegida inventariada. No obstante, es un
área de campeo y alimentación de especies forestales protegidas, según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por
el que se regla el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura). Además, considera que el proyecto, con la aplicación de medidas preventivas y correctoras,
no es susceptible de causar de forma significativa alteraciones sobre las especies por las
que se han declarado los lugares de la Red Natura 2000 objeto del presente informe, y
que resulta compatible con los planes de protección vigentes de las especies presentes.
Se considera que la actuación genera un impacto compatible con la fauna del entorno.
— Vegetación.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que en la zona
de actuación no existen hábitats naturales de interés comunitario inventariados, ni especies de flora protegidas inventariada. Asimismo, el proyecto no conlleva la corta de
pies arbóreos, por lo que se considera que genera un impacto compatible con la vegetación. Por otro lado, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal indica que la actividad
que se propone, que es uso formativo y de ocio, es complementario al forestal y que la
construcción de las infraestructuras planteadas no es incompatible con la regeneración
de la cubierta vegetal.
— Paisaje.
La principal afección negativa que se producirá sobre el paisaje será la modificación puntual de la morfología del área marcada por la actuación, especialmente la zona donde
se realizarán las obras. Se considera un impacto paisajístico compatible, no obstante,
se establecerán las medidas necesarias para que sea poco significativo.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Sobre la calidad del aire y el ruido el mayor impacto se producirá durante la fase de
construcción, por la maquinaria, movimientos de tierras y acciones constructivas, que