Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061047)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de cebadero de terneros, cuya promotora es Ganados Floba, SL, en el término municipal de Santa Marta de los Barros. Expte.: IA23/0773.
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NÚMERO 58
Viernes 22 de marzo de 2024

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afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén
afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan
las medidas indicadas.
• Con fecha 14 de julio de 2023 el Servicio de Urbanismo de la Dirección General de
Urbanismo y Ordenación del Territorio emite informe en el que indica que “Si como
consecuencia del resultado del procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada, el informe de impacto ambiental determina que el proyecto tiene efectos significativos sobre el medio ambiente y debe someterse a evaluación de impacto ambiental
ordinaria, la Dirección General de Sostenibilidad notificará este pronunciamiento a la
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, con la finalidad de continuar
con el procedimiento de calificación rústica y de emitir un informe urbanístico ajustado a
lo previsto en el artículo 71.3 de la Ley 16/2015”.
• Con fecha 20 de julio de 2023 el Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección
General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emite informe en el que indica que “
En relación con la consulta de referencia se informa que, a efectos de ordenación del
territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre
ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva por la
Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, y
modificaciones posteriores (derogada por Ley 11/2018, de 21 de diciembre).
Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial
general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico,
Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés
Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019”.
Durante el procedimiento de evaluación también se solicitó y recibió informe de la Coordinación de los agentes de la Unidad Territorial de Vigilancia número 5.
3. A
 nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1ª de la sección 2ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.