Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060946)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura (Reino de España) y la Boris Lurie Art Fundation, para el intercambio de cartas.
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NÚMERO 55
Martes 19 de marzo de 2024

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CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y
DEPORTES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA (REINO DE ESPAÑA) Y LA
BORIS LURIE ART FUNDATION, PARA EL INTERCAMBIO DE CARTAS
Mérida, 5 de diciembre de 2023.
La Boris Lurie Art Foundation, como propietaria del Archivo Boris Lurie Arte Foundation, con el
n.º corporativo 5777353, según el artículo 388 de la Ley General de Sociedades del Estado de
Delaware (EEUU) y dirección postal: 120 Brighton Road, Unit 4, Clifton, NJ 07012 USA, representada por D. Anthony Williams, Presidente de la Fundación de Arte Boris Lurie, de una parte,
Y
La Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura (Reino de
España) como propietaria del Archivo Happening Vostell con dirección postal en Carretera de
Los Barruecos s/n. 10910 Malpartida de Cáceres (Cáceres, España), representada por D. José
Luis Gil Soto, Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de
la Junta de Extremadura, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado por Decreto
97/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio de 2023), actuando en el ejercicio de las
competencias que tiene atribuidas por el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece
la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE núm. 145, de 28 de julio) y por Resolución de 2 de agosto de 2023, de la Consejera, por la
que se delegan competencias en diversas materias (DOE núm. 151, de 7 de agosto).
Cada una de ellas, en adelante, La Parte o las dos juntas como Las Partes,
Considerando que:
— Boris Lurie y Wolf Vostell (en adelante, Los Autores) son los autores de las cartas guardadas en los archivos de cada una de Las Partes,
Sin error, coacción o fraude, toman parte del siguiente Convenio (en adelante, El Convenio):
1. O
 bjeto del Convenio.
1.1. L
 as Partes intercambian los archivos digitales (TIF, en tamaño mínimo de 5 MB) de las
cartas de Los Autores (en adelante, Las Cartas; ver Anexo 1 para la lista de Las Cartas
de Boris Lurie y Wolf Vostell). Éstas serán intercambiadas con los siguientes fines:


— Incluir Las Cartas en el archivo de la otra Parte, proporcionando su accesibilidad en
futuras investigaciones.



— Usar Las Cartas en publicaciones hechas exclusivamente en un marco de investigación.