Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060994)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Línea de alta tensión a 45 kV "STR Villar de Plasencia-STR Jerte I" para mejora del suministro eléctrico en el Valle del Jerte", a realizar en los términos municipales de Villar de Plasencia, Cabezabellosa, El Torno y Casas del Castañar, en la provincia de Cáceres, cuya promotora es Eléctrica del Oeste Distribución, SLU. Expte.: IA23/0520.
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NÚMERO 55
Martes 19 de marzo de 2024



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• En el término municipal de Cabezabellosa se encuentra actualmente vigente el Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano (PDSU) aprobado definitivamente el 14 de
abril de 1986, publicado en el BOP de Cáceres el 15 de mayo de 1986.



• En el término municipal de El Torno se encuentra actualmente vigente el Plan General Municipal aprobado definitivamente por Resolución de 30 de junio de 2011, de la
Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, publicado en el
DOE n.º 238 de 14 de diciembre de 2011.



• En el término municipal de Casas del Castañar se encuentran actualmente vigentes
las Normas Subsidiarias Municipales aprobadas definitivamente por Resolución de 11
de abril de 2003, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, publicada en el DOE n.º 27 de 6 de marzo de 2004.

Indican también que, en suelo rústico, en ausencia de otras determinaciones del planeamiento de ordenación territorial o urbanística será de aplicación el régimen de suelo previsto en
la sección 1.ª y sección 2.ª (Régimen de Suelo Rústico) del capítulo 1 del título 111 de la Ley
11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura. En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018, de 21
de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, corresponde
a los municipios de Villar de Plasencia, Cabezabellosa, El Torno y Casas del Castañar, realizar
el control de legalidad de las actuaciones, mediante el procedimiento administrativo de control previo o posterior que en su caso corresponda, comprobando su adecuación a las normas
de planeamiento y al resto de legislación aplicable.
Tercero. Análisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, según
los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
La nueva línea a ejecutar será aérea, de doble circuito, con una tensión de 45 kV en uno
de los circuitos y 13,2 kV en el otro, y una longitud de 12.065 metros.
Se divide en cuatro tramos: