Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060994)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Línea de alta tensión a 45 kV "STR Villar de Plasencia-STR Jerte I" para mejora del suministro eléctrico en el Valle del Jerte", a realizar en los términos municipales de Villar de Plasencia, Cabezabellosa, El Torno y Casas del Castañar, en la provincia de Cáceres, cuya promotora es Eléctrica del Oeste Distribución, SLU. Expte.: IA23/0520.
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Martes 19 de marzo de 2024

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• La unidad de muestreo la definen los kilómetros de línea prospectada.



• La línea eléctrica se debe prospectar en toda su longitud, y además del recorrido a
pie, se evaluará la posibilidad y conveniencia de utilizar perros entrenados en las
búsquedas de cadáveres en líneas eléctricas, evaluando la pérdida por carroñeo, y
calculando los índices de mortalidad totales.



• El recorrido de prospección podrá adaptarse a las características del terreno y la vegetación cuando dificulten excesivamente la búsqueda.



• Para cada cadáver detectado se anotará: Fecha y hora de la observación, coordenadas, si fue localizado durante la prospección o no, nombre científico de la especie,
sexo, edad, momento aproximado de la muerte (< 12 horas, 2 días, etc.), estado del
cadáver (reciente, parcialmente descompuesto, huesos y restos, depredado), descripción general del hábitat en un radio de 50 m y una fotografía del ejemplar.



• La estima de la mortalidad real de la línea calculada en función de los datos de campo se describirá y se justificará citando bibliografía. Incluirá correcciones por tasa de
detección y tasa de desaparición de cadáveres.



• El informe anual del Programa de vigilancia ambiental incluirá los resultados de ese
año y los resultados agregados de todos los años de seguimiento, llevando a cabo
el análisis y la valoración de los datos obtenidos y unas conclusiones al respecto. En
base a los resultados obtenidos, se deberán proponer y asumir nuevas medidas si
fuese preciso.

Teniendo en cuenta todo ello, así como la no afección del proyecto a espacios de la Red Natura
2000, esta Dirección General de Sostenibilidad, a propuesta del Servicio de Prevención,
Calidad Ambiental y Cambio Climático, resuelve, de acuerdo con la evaluación de impacto
ambiental simplificada practicada conforme a lo previsto en la subsección 2.ª de la sección
2.ª del capítulo VII del título I, tras el análisis realizado con los criterios del anexo X de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
que no es previsible que el proyecto denominado “Línea de Alta Tensión a 45 kV “STR Villar de
Plasencia-STR Jerte I” para mejora del suministro eléctrico en el Valle del Jerte”, a realizar en
los términos municipales de Villar de Plasencia, Cabezabellosa, El Torno y Casas del Castañar,
en la provincia de Cáceres, cuya promotora es Eléctrica del Oeste Distribución, SLU, vaya a
producir impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, por lo que no se considera
necesario someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.
El informe de impacto ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos
que le son propios si, una vez publicado en el Diario Oficial de Extremadura, no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación.