Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. (2024060991)
Resolución de 8 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se determinan los centros de Educación Infantil y Primaria que aplicarán el programa experimental Aulas 1-2 en el curso escolar 2024-2025.
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Lunes 18 de marzo de 2024

RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Educación
y Formación Profesional, por la que se determinan los centros de Educación
Infantil y Primaria que aplicarán el programa experimental Aulas 1-2 en el
curso escolar 2024-2025. (2024060991)
La Orden de 30 de noviembre de 2021 (DOE núm. 233, de 3 de diciembre) regula la implantación del programa experimental Aulas 1-2 para la escolarización anticipada en centros
públicos de Educación Infantil y Primaria del alumnado del primer ciclo de Educación Infantil.
Mediante Resolución de 3 de enero de 2024, de la Consejera (DOE núm. 7, de 10 de enero),
se aprueba la ampliación de la vigencia del programa experimental Aulas 1-2 para el curso
académico 2024-2025.
El artículo 1 de esta orden establece que se determinará, para cada curso escolar, los centros
públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura que
ofertan el programa experimental Aulas 1-2 para la escolarización anticipada de niños y niñas
del primer ciclo de Educación Infantil, mediante resolución de la Secretaría General de Educación con anterioridad al inicio del proceso de escolarización.
A tenor de lo expuesto, en virtud de las facultades que me atribuye el artículo 59 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura,
RESUELVO:
Aprobar los centros públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de
Extremadura que ofertan el programa experimental Aulas 1-2 para la escolarización anticipada de niños del primer ciclo de Educación Infantil para el curso 2024-2025 que se relacionan
en el anexo de la presente resolución.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro que estimen procedente.
Mérida, 8 de marzo de 2024.
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional,
M.ª DEL PILAR PÉREZ GARCÍA