Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060988)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada al proyecto de explotación porcina, titularidad de Valle Blanco, CB, en el término municipal de Fuente de Cantos, provincia de Badajoz.
55 páginas totales
Página
NÚMERO 54

16335

Lunes 18 de marzo de 2024

RESIDUO

ORIGEN

CÓDIGO LER

Productos químicos que consisten en, Tratamiento o prevención de enfermedades
o contienen, sustancias peligrosas
de animales

18 02 05

Residuos de envases de sustancias utilizadas en el tratamiento o la prevención de
enfermedades de animales

15 01 10

Envases que contienen restos de sustancias peligrosas
(1)

(1)

L
 ER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.

2. L
 os residuos no peligrosos que se generarán con mayor frecuencia son los siguientes:
RESIDUO

ORIGEN

CÓDIGO LER

Papel y cartón

Papel y cartón desechado

20 01 01

Plástico

Plástico desechado

20 01 39

Mezcla de residuos municipales

Residuos orgánicos y materiales de
oficina asimilables a urbanos

20 03 01

Lodos de fosa séptica

Aseos y vestuarios del personal

20 03 04

Residuos de construcción y demolición

Operaciones de mantenimiento o nuevas infraestructuras

17 01 07

Medicamentos distintos de los especificados en el código
18 02 07

Tratamiento o prevención de enfermedades de animales

18 02 08

3. La gestión y generación de cualquier otro residuo no indicado en los apartados b.1 o b.2,
deberá ser comunicada a esta Dirección General de Sostenibilidad.
4. J unto con el certificado final de obra el titular de la instalación deberá indicar a esta Dirección General de Sostenibilidad qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos
de conformidad con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular, se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el
fin último de su valorización o eliminación, incluyendo los residuos asimilables a urbanos.
Éstos deberán estar registrados como Gestores de Residuos según corresponda.
5. Queda expresamente prohibida la mezcla de los residuos generados entre sí o con otros
residuos. Los residuos deberán segregarse desde su origen, disponiéndose de los medios
de recogida y almacenamiento intermedio adecuados para evitar dichas mezclas.