Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060985)
Resolución de 2 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de adaptación de vivienda a casa rural, cuya promotora es Gómez Coronado, SL, en el término municipal de Manchita (Badajoz). Expte.: IA23/1296.
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NÚMERO 54
Lunes 18 de marzo de 2024



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— Se notificará a la Dirección General de Sostenibilidad el inicio de los trabajos. Esta
notificación se realizará un mes antes del inicio de las obras.



— Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto
37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por
las mismas, se paralizará inmediatamente la actividad y se estará a lo dispuesto
por el personal de la Dirección General de Sostenibilidad, y/o técnicos del Servicio
de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, previa comunicación de tal
circunstancia.



— Las afecciones sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, carreteras, caminos
públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes u otras afecciones, deberán contar con las autorizaciones y permisos de ocupación pertinentes, en base al
cumplimiento de la normativa sectorial vigente en dichas materias.



— Respecto a la ubicación y construcción, se atenderá a lo establecido en la normativa
urbanística y en la comunicación ambiental municipal, correspondiendo al Ayuntamiento de Manchita, las competencias en estas materias.



— Referente al consumo de agua, el abastecimiento de aguas se realizará mediante
conexión a pozo de sondeo. Las captaciones directas de agua, tanto superficial como
subterránea del dominio público hidráulico, son competencia de la Confederación
Hidrográfica del Guadiana. Cualquier uso privativo del agua en el ámbito competencial de esta Confederación Hidrográfica deberá estar amparado necesariamente por
un derecho al uso de la misma. Respecto a este hecho, el Organismo de cuenca, ha
establecido una serie de consideraciones, las cuales están incluidas en el resumen
del informe de la Confederación Hidrográfica del Guadiana del presente informe de
impacto ambiental.



— Cumplimiento de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.



— Se cumplirá con la normativa de ruidos, el Decreto 19/1997, e 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de Extremadura y Real Decreto 1367/2007,
de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre,
del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones
acústicas.



— En caso de que se prevea el vallado perimetral de instalaciones, deberá solicitarse
atendiendo a lo dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se