Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060985)
Resolución de 2 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de adaptación de vivienda a casa rural, cuya promotora es Gómez Coronado, SL, en el término municipal de Manchita (Badajoz). Expte.: IA23/1296.
18 páginas totales
Página
NÚMERO 54
Lunes 18 de marzo de 2024

16283

— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Las instalaciones proyectadas se ubican a más de 100 metros del arroyo del Chaparral,
por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el dominio público hidráulico del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), ni a
las zonas de servidumbre y policía.
El abastecimiento de aguas se realizará mediante conexión a un pozo de sondeo, por
lo que cualquier uso privativo del agua en el ámbito competencial de la Confederación
Hidrográfica del Guadiana deberá estar amparado necesariamente por un derecho al
uso de la misma. En cuanto, a los vertidos al dominio público hidráulico, se instalará una
fosa séptica estanca para contener las aguas residuales de origen humano, por lo que
no se contemplan vertidos al dominio público hidráulico. Dado que las aguas residuales
se pretenden almacenar para su posterior recogida por empresa gestora de residuos, al
no producirse vertido al DPH, no se consideraría necesario tramitar la correspondiente
autorización administrativa de vertido a que se refiere el artículo 100 del TRLA.
A pesar de ello, se adoptarán las medidas preventivas oportunas para asegurar una
mínima afección, evitando perjudicar a la calidad de las aguas.
— Suelos.
El impacto principal del proyecto sobre este factor en la fase de construcción, será el
ocasionado por la ocupación de las edificaciones, construcciones e instalaciones y de
los movimientos de tierra llevados a cabo, siendo mínimos para el presente proyecto.
Los impactos producidos sobre el suelo en la fase de funcionamiento serán la ocupación
del mismo por las casas rurales, así como posibles derrames accidentales. Aplicando las
correspondientes medidas, estas afecciones no deberían ser significativas.
— Fauna.
Los efectos sobre la fauna pueden venir derivados de las molestias por la contaminación
acústica, principalmente durante la fase de obras y la contaminación lumínica. El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, indica que no existe fauna
protegida en la zona de actuación, por lo que se considera que la ejecución del presente
proyecto es compatible con dicho factor.
— Vegetación.
En la zona de actuación no hay presencia de hábitat natural de interés comunitario inventariado ni flora protegida, considerándose un impacto compatible con dicho factor.
No se cortará ningún pie arbóreo.