Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060969)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Tiétar para el riego por aspersión de una superficie de 146,87 ha de cultivos anuales, en el paraje "El Pinar de La Olilla", en el término municipal de Majadas de Tiétar (Cáceres)". Expte.: IA21/1612.
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NÚMERO 53

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Viernes 15 de marzo de 2024

el artículo 86 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta
que el órgano ambiental no se pronuncie sobre el carácter de la modificación, al objeto
de determinar si procede o no someter nuevamente el proyecto al trámite ambiental
oportuno.
4. L
 a presente declaración de impacto ambiental no podrá ser objeto de recurso, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por
el que se autoriza el proyecto.
5. L
 a declaración de impacto ambiental del proyecto o actividad perderá su vigencia y cesará en la producción de sus efectos que le son propios si, una vez publicada en el Diario
Oficial de Extremadura, no se hubiera comenzado la ejecución del proyecto o actividad
en el plazo de cuatro años.
6. L
 a presente declaración de impacto ambiental se remitirá al Diario Oficial de Extremadura para su publicación, así como a la sede electrónica del órgano ambiental.
En consecuencia, vistos el estudio de impacto ambiental y los informes incluidos en el expediente; la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y demás legislación aplicable, la Dirección General de Sostenibilidad, a la vista
de la propuesta del Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático, formula
declaración de impacto ambiental favorable para el proyecto de “Concesión de aguas superficiales del río Tiétar para el riego por aspersión de una superficie de 146,87 ha de cultivos
anuales, en el paraje "El Pinar de La Olilla", en el término municipal de Majadas de Tiétar
(Cáceres)”, al concluirse que no es previsible que la realización del proyecto produzca efectos significativos en el medio ambiente siempre que se cumplan las condiciones y medidas
preventivas, correctoras y compensatorias recogidas en la presente declaración de impacto
ambiental, en los informes emitidos por las administraciones públicas consultadas y en la documentación ambiental presentada por el promotor siempre que no entren en contradicción
con las anteriores.
Mérida, 5 de marzo de 2024.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO

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