Diputación Provincial De Badajoz. Oferta De Empleo Público. (2024060981)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Presidencia, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público de los años 2022 y 2023 de la Diputación Provincial de Badajoz y sus Organismos Autónomos.
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Jueves 14 de marzo de 2024

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efectivos con respecto de la plantilla actual, así como a través del resto de medidas contenidas en este artículo”.
Dicho artículo 20 apartado Dos establece que la Oferta de Empleo Público se articulará a través de las siguientes tasas de reposición de efectivos “a) En los sectores prioritarios la tasa
será del 120 por cien y en los demás sectores del 110 por cien. b) Las entidades locales que
tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior tendrán un
120 por cien de tasa en todos los sectores”.
Las reglas para aplicar las tasas de reposición de efectivos, se concretan en el apartado Tercero del referido artículo 20 que dice así: “Para calcular la tasa de reposición de efectivos
el porcentaje de tasa máximo autorizado se aplicará sobre la diferencia entre el número de
empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios
y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido ejercicio, por cualquier causa salvo los supuestos previstos en el apartado tres.4, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos se computarán los
ceses por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin
reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción
del contrato de trabajo, o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva
de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que
se cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de
traslados a otras Administraciones Públicas”, no computando “Las plazas que se convoquen
por promoción interna, ni los ceses derivados de dichos procesos…” ni “Las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo por sentencia judicial”.
Dada cuenta que la presente oferta de empleo ha sido debidamente negociada con las organizaciones sindicales con representación en la Diputación Provincial de Badajoz y sus Organismos Autónomos, constituyéndose Mesa General de Negociación de Funcionarios, para citada
negociación con fecha 29 de enero de 2024, finalizando la misma en reunión celebrada el 2
de febrero del presente año.
Visto el informe jurídico favorable a la propuesta de Oferta de Empleo Público aprobada en
Mesa General de Negociación celebrada entre los representantes de la Administración y las
organizaciones sindicales con representación en la misma y anteriormente referida, emitido
con fecha 4 de marzo de 2024 por el Servicio de Apoyo Jurídico e Inspección del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de la Diputación de Badajoz y con nota de conformidad
por el Secretario General de esta Corporación.
En virtud de la potestad de autoorganización de la Diputación Provincial de Badajoz, reconocida en el artículo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen