Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060915)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y el Ayuntamiento de Eljas para el ciclo formativo de Grado Básico en Actividades Domésticas y Limpieza de Edificios en el IES Jalama de Moraleja.
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NÚMERO 52

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Jueves 14 de marzo de 2024

Vigésimo. Este Convenio entra en vigor desde el momento de la firma del mismo y tendrá
una duración de cuatro años.
Vigésimo primera. En lo no contemplado en el Convenio y sus Anexos será de aplicación el
Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, y demás normativa de aplicación.
Vigésimo segunda. El presente Convenio podrá extinguirse por mutuo acuerdo, por expiración del tiempo convenido o por denuncia de cualquiera de las partes, que será comunicada a
la otra con una antelación mínima de treinta días, arbitrándose en todo caso por la empresa
las medidas necesarias para que el alumnado que haya iniciado el proyecto en modalidad dual
pueda completarlo, hasta la obtención del título y que estén en todo caso basadas en alguna
de las siguientes causas:
a. Cese de actividades del centro educativo o de la empresa colaboradora.
b. F
 uerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.
c. Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el Convenio de colaboración, inadecuación pedagógica de las actividades formativas programadas o vulneración de las normas
que, en relación con la realización de las actividades programadas, estén en cada caso
vigentes.
Igualmente se podrá rescindir para un determinado alumno, alumna o grupo de estudiantes,
por cualquiera de las partes firmantes, y ser excluido de su participación en el Convenio por
decisión unilateral del centro educativo, de la empresa colaboradora, o conjunta de ambos,
en los siguientes supuestos:
a. Faltas repetidas de asistencia y/o puntualidad no justificadas, previa audiencia del
interesado.
b. A
 ctitud incorrecta o falta de aprovechamiento, previa audiencia del interesado.

La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,

El representante legal del
Ayuntamiento de Eljas,

DÑA. MERCEDES VAQUERA MOSQUERO

D. BELLANCO FERNÁNDEZ ANTONIO