Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060915)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y el Ayuntamiento de Eljas para el ciclo formativo de Grado Básico en Actividades Domésticas y Limpieza de Edificios en el IES Jalama de Moraleja.
8 páginas totales
Página
NÚMERO 52
Jueves 14 de marzo de 2024

15676

cha de entrada en vigor de la citada DA 52ª, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad
Social respecto de las prácticas no remuneradas del alumnado, corresponderán íntegramente
a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura
responsable de la oferta educativa, asumiendo la condición de empresario en todos y cada
uno de los términos recogidos en la citada disposición adicional.
Octava. La Administración educativa podrá proporcionar al tutor/a-coordinador/a y resto de
personal de la empresa colaboradora implicados en el proceso de formación y aprendizaje un
curso de formación sobre metodología docente y uso de plataformas docentes.
Novena. El centro educativo se compromete al cumplimiento de la programación de las actividades formativas que han sido acordadas con la empresa colaboradora, a realizar su seguimiento y la valoración del progreso de los estudiantes y, junto con el tutor/a de la empresa
colaboradora, a la revisión de la programación, si una vez iniciado el mismo y a la vista de los
resultados, fuera necesario.
Décima. El centro educativo nombrará un responsable (tutor/a-coordinador/a) para la coordinación de las actividades formativas, que garantizará la orientación y consulta del alumnado
y facilitará las relaciones con la empresa colaboradora.
Undécima. El profesorado participante en el proyecto de Formación Profesional Dual del ciclo
formativo de grado básico en Actividades domésticas y limpieza de edificios (SSC1-20), tendrá como funciones:
a) Participar, en su caso, en la elaboración, revisión y actualización de las programaciones
didácticas, fijando el programa formativo de acuerdo con la empresa colaboradora.
b) Asistir a las reuniones de coordinación del proyecto.
c) Participar en las actividades de formación organizadas por la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional.
d) Realizar las actividades de coordinación necesarias para el adecuado desarrollo del
proyecto.
e) E
 valuar a los y las estudiantes teniendo en cuenta, en su caso, las aportaciones del
profesorado de la empresa y el resultado de las actividades desarrolladas en la misma.
Duodécima. Las personas designadas como responsables (tutoras/coordinadoras) tendrán
las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento y coordinación del equipo de docentes y formadores que integren
el proyecto, coordinando sus actividades y, en su caso, los departamentos implicados.