Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Solar. (2024060887)
Resolución de 4 de marzo de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Misco Energy, SL, para la instalación fotovoltaica "Misco III", ubicada en el término municipal de Lobón (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/19/23.
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Jueves 14 de marzo de 2024

RESUELVE:
Conceder a la sociedad Misco Energy, SL, con CIF B54921515, autorización administrativa
previa de las instalaciones cuyas características principales son las que a continuación se
indican:
— Parcelas afectadas por la instalación de generación solar fotovoltaica: Polígono 14, parcela 16 del término municipal de Lobón (Badajoz).
— Características de la instalación:


• Nombre de la instalación: “Misco III”.



• Instalación solar fotovoltaica de 1000 kW de potencia instalada, compuesta por 10
inversores de 110 kW cada uno, limitados en su salida a 100 kW, y 1760 módulos
fotovoltaicos de 650 W cada uno, montados sobre estructuras fijas a un eje.



• Centro de transformación: 1 de 1000 kVA-0,6 kV/20 kV.

• Línea de evacuación constituida por dos tramos subterráneos de 20 kV, el primer
tramo conecta el centro de transformación de la instalación con el centro de seccionamiento con una longitud de 115,32 metros, y el segundo tramo de 164,54 metros
de longitud, conecta el centro de seccionamiento con el apoyo A418942 de la Línea
LAMT Lobón/20 kV/Badajoz, propiedad de E-distribución Redes Digitales, SLU.


• Parcelas afectadas por la línea: Polígono 14, parcelas 12, 14, 15 y 16, del término
municipal de Lobón (Badajoz).

— Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 513.241,89 €.
— Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.