Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060880)
Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada para el proyecto de planta de almacenamiento de RCD, cuya titular es Reciclados Extremeños, SL, en el término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 52
Jueves 14 de marzo de 2024

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5. D
 eberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Este procedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurarse de que los residuos recogidos para su tratamiento coinciden con los indicados en el punto a.1. y llevar un registro
de los residuos recogidos, con el contenido indicado en el capítulo - h -. El procedimiento
de admisión de residuos incluirá, al menos:
2. I dentificar origen, productor y titular del residuo.
3. R
 egistrar el peso de los residuos, diferenciando entre el tipo de residuo.
4. I nspección visual de los residuos recogidos.
6. E
 l residuo podrá ser admitido en la instalación si está contemplado en la presente autorización y se ha verificado su procedencia.
7. M
 ientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. Respecto al almacenamiento de residuos a la espera de valorización, tal y como recoge el proyecto, no
se llevará a cabo en las instalaciones objeto de esta resolución; debiendo por tanto llegar
a éstas directamente para su tratamiento de compostaje. Las operaciones de manipulación
de los residuos deben garantizar la ausencia de molestias por olores y la generación de
lixiviados.
8. E
 l proceso de gestión de residuos que se autoriza se llevará a cabo atendiendo al cumplimiento de cuantas prescripciones establezca al respecto la normativa vigente de aplicación
y la propia AAU.
9. E
 l titular de la instalación deberá mantener constituida una fianza por valor de 21.840
€ (veintiún mil ochocientos cuarenta euros), según lo establecido en el Real Decreto
208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.
10. L
 a fianza podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el artículo 4 del Real
Decreto 208/2022, de 22 de marzo, y el artículo 8 de la Orden de 1 de julio de 1994, por
el que se desarrolla el Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se regula el Régimen
de Tesorería y Pagos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
11. E
 l concepto de la fianza será: “Para responder de las obligaciones que, frente a la administración, se deriven del ejercicio de la actividad de gestión de residuos, incluida la
ejecución subsidiaria y la imposición de las sanciones previstas legalmente”.
12. L
 a fianza será devuelta, previa solicitud por el interesado, a la finalización de la actividad,
siempre y cuando se hayan cumplido las condiciones de cese de actividad establecidas en