Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Solar. (2024060873)
Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Complejo Fotovoltaico de Baena Vigésimotercero, SL, para la instalación fotovoltaica "Almorauge", ubicada en el término municipal de Granja de Torrehermosa (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/12/23.
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NÚMERO 50

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Martes 12 de marzo de 2024

RESUELVE:
Conceder a la sociedad Complejo Fotovoltaico de Baena Vigésimotercero, SL, con CIF
B14785729, autorización administrativa previa de las instalaciones cuyas características principales son las que a continuación se indican:
— Parcelas afectadas por la instalación de generación solar fotovoltaica: Polígono 32, parcelas 99 y 101, del término municipal de Granja de Torrehermosa (Badajoz).
— Características de la instalación:


• Nombre de la instalación: “Almorauge”.



• Instalación solar fotovoltaica de 1 MW de potencia instalada, compuesta por 10 inversores de 120 kW cada uno, con un sistema de control que impide que la potencia
activa inyectada a la red supere los 1000 kW, y 2400 módulos fotovoltaicos de 550 W
cada uno, montados sobre estructuras fijas de hormigón posadas en el suelo



• Centros de transformación: 1 de 1250 kVA 15-20 kV/0,40 kV.



• Línea de evacuación constituida por tramo aérea 15/20 kV, con 0,08 km de longitud
total, de conexión entre el centro de transformación y el apoyo n.º 4, LAMT Paraje
Almorauge, propiedad de Distribuidora Eléctrica de Granja de Torrehermosa, SL.



Parcelas afectadas por la línea: Polígono 32, parcela 109 y 101, del término municipal
de Granja de Torrehermosa, SL (Badajoz).

— Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 328.450 €.
— Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento
de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas, organismos,
empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos
particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.