Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060810)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Juan José Martínez Gómez, para los ciclos formativos de Grado Medio en Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural y de Grado Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural del EFA Guadaljucén de Mérida.
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Lunes 11 de marzo de 2024

CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Y JUAN JOSÉ MARTÍNEZ GÓMEZ, PARA LOS CICLOS FORMATIVOS DE
GRADO MEDIO EN APROVECHAMIENTO Y CONSERVACIÓN DEL MEDIO
NATURAL Y DE GRADO SUPERIOR EN GESTIÓN FORESTAL Y DEL MEDIO
NATURAL DEL EFA GUADALJUCÉN DE MÉRIDA.
Mérida, 22 de febrero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, don Francisco Eugenio Pozo Pitel, cargo para el
que fue nombrado por Decreto 2/2024, de 9 de enero (DOE núm. 7, de 10 de enero de 2024),
en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto), en representación de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional.
Y de otra, la empresa Juan José Martínez Gómez, con CIF ***6269** y domicilio en avda. San
Gines Num 8, código postal 06470 Guareña, Badajoz, con teléfono de contacto **********,
correo electrónico ********** y Don Juan José Martínez Gómez, como representante de la
misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
 ue el objetivo del presente Convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Q
 ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.