Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060856)
Resolución de 25 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 4 del Plan General Municipal de Majadas de Tiétar. Expte.: IA23/0961.
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NÚMERO 49
Lunes 11 de marzo de 2024

14461

— Modificación de las condiciones de los vallados para ajustarse a lo dispuesto en el decreto 226/2013.
— Ajuste de las siglas de los usos pormenorizados permitidos en sus condiciones específicas para adecuarse a las definiciones de los mismos del propio Plan General Municipal.

Plano 1: Ámbito de aplicación de la modificación puntual. Fuente: Documento Ambiental Estratégico

2. C
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El artículo 51 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, establece que el órgano ambiental consultará a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, poniendo a su disposición el
documento ambiental estratégico y el borrador del plan o programa, debiendo las Administraciones públicas afectadas y las personas interesadas consultadas pronunciarse en
el plazo máximo de veinte días hábiles desde la recepción de la solicitud de informe. Con
fecha 7 de agosto de 2023, el Ayuntamiento de Majadas de Tiétar, presenta ante la Dirección General de Sostenibilidad la documentación completa para el inicio de la evaluación
ambiental estratégica simplificada de la modificación n.º 4 del Plan General Municipal de
Majadas de Tiétar.