Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2024040021)
Decreto 13/2024, de 20 de febrero, por el que se modifica el Decreto 125/2022, de 5 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 49
Lunes 11 de marzo de 2024

14364

ANEXO XII: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES (DACI)

Identificación de la actuación

Líneas de ayuda para la rehabilitación energética en municipios de reto
demográfico (Programa PREE 5000), en el marco del Plan de
Recuperación, Trasformación y Resiliencia

Expediente:

EL DECLARANTE
D./Dª
Con NIF
Por sí mismo/a o en
representación de la entidad
Con CIF
En calidad de

Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de subvención arriba referenciado, el abajo firmante,
como beneficiario del expediente,
A. DECLARA que:
a) no ha sido condenado, estando pendiente de cumplir la condena, mediante sentencia firme, con fuerza de cosa juzgada,
dictada por la autoridad competente de un Estado miembro de la UE por cualquier delito que afecte a su ética profesional,
salvo que el delito haya prescrito;
b) no ha cometido una falta profesional grave probada por cualquier medio que pueda ser alegada por cualesquiera partes
interesadas, estando pendiente de cumplir la sanción, salvo que la falta haya prescrito;
c) no ha sido condenado, estando pendiente de cumplir la condena, mediante sentencia firme, con fuerza de cosa juzgada, por
fraude, corrupción, participación en una organización criminal, blanqueo de capitales o cualquier otra actividad ilegal que
suponga un perjuicio para los intereses financieros de la Unión Europea, salvo que el delito haya prescrito;
d) no ha sido objeto de una sanción administrativa, estando pendiente de su cumplimiento, por haber incurrido en falsas
declaraciones al facilitar la información exigida por las autoridades competentes, o por no haber facilitado dicha información,
salvo que la falta haya prescrito.
B. DECLARA que las personas físicas con poder de representación, de toma de decisiones o de control sobre la entidad
beneficiaria NO se encuentran en los casos mencionados en el apartado anterior.
C. DECLARA que:
a) no está afectado por ningún conflicto de intereses en relación con la tramitación del expediente arriba indicado,
entendiéndose que el conflicto de intereses podría plantearse en particular como consecuencia de intereses compartidos de
naturaleza económica, o por vínculos familiares en línea recta ascendente y descendente, cualquiera que sea el grado, o en
línea colateral hasta el tercer grado, alcanzando a los parientes por consanguineidad y afinidad y a los derivados de relaciones
afectivas similares;

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