Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0019)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal de Casar de Cáceres.
250 páginas totales
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NÚMERO 49
Lunes 11 de marzo de 2024

14509

En el caso de dudas en la interpretación del contenido de los diversos documentos que integran el Plan General Municipal, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
— Con las excepciones que a continuación se señalan, el contenido de la Memoria Justificativa ha de ser considerado como de carácter explicativo o informativo, y de forma
supletoria y subordinada a las Normas Urbanísticas y Planos de Ordenación. Actúa como
aclaratorio en la interpretación de los documentos determinativos del Plan General.
Será vinculante en lo referente a la diferenciación de las determinaciones correspondientes a la ordenación estructural y a la detallada.
— Las previsiones del Informe de Sostenibilidad Económica deben ser asumidas, en cuanto
a la gestión y financiación pública con la flexibilidad suficiente para garantizar su adaptación a las posibilidades y a la disponibilidad real de recursos en cada momento
— El carácter de las Normas Urbanísticas es plenamente determinativo, ateniéndose exclusivamente su interpretación a aspectos contemplados en las propias Normas. Prevalecen sobre los restantes documentos del Plan General Municipal para todo lo que en ellas
se regula.
— Las especificaciones contenidas en los Planos de Ordenación han de ser consideradas como determinaciones vinculantes, prevaleciendo sobre cualquiera de los restantes
planos.
A efectos de interpretación, en caso de discrepancia entre planos de distintas escalas, prevalecerá la de mayor escala (menor divisor).
— La Memoria Informativa y los Planos de Información tienen un carácter meramente informativo.
— En caso de duda, será determinante la interpretación más favorable al ordenamiento general establecido, prevaleciendo el criterio de menor edificabilidad y mayores espacios
para uso público, a la mejor conservación del patrimonio protegido, al menor deterioro
del ambiente natural, del paisaje y de la imagen urbana, y al interés general de la colectividad.
Subcapítulo 2. Condiciones de Uso.
Sección 1.ª Generalidades.
Artículo 2.2.09. Disposiciones generales.
La normativa general que se desarrolla en este Subcapítulo establece las condiciones reguladoras del uso del suelo y de las edificaciones en todo el territorio municipal, cualquiera que