Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060802)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y el Ayuntamiento de Valdelacalzada, para el ciclo formativo de Grado Superior en Educación Infantil del IES Santa Eulalia de Mérida.
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Viernes 8 de marzo de 2024

CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y EL
AYUNTAMIENTO DE VALDELACALZADA, PARA EL CICLO FORMATIVO DE
GRADO SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL DEL
IES SANTA EULALIA DE MÉRIDA
Mérida, 21 de febrero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Dña. María Mercedes Vaquera Mosquero, Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, en representación de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud del Decreto de la Presidenta 23/2023, de 20
de julio (DOE núm. 140, de 21 de julio), y en el ejercicio de las atribuciones que le han sido
conferidas por el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican
la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140, de 21 de julio), y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, el Ayuntamiento de Valdelacalzada, con CIF ***1690** y domicilio en Plaza de
España 14 CP 06185, código postal 06185 Valdelacalzada, Badajoz, con teléfono de contacto
**********, correo electrónico ********** y Don Francisco Javier Hormigo Oliva, como
representante del mismo.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
 ue el objetivo del presente Convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Q
 ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educati-