Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2024ED0008)
Edicto de 27 de febrero de 2024 sobre el Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y el Ayuntamiento de Jaraicejo para la delegación de la gestión y recaudación de los tributos locales.
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NÚMERO 48
Viernes 8 de marzo de 2024

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Octava. Confección de padrones y recibos.
La confección de padrones y recibos corresponde al Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria, asumiendo el Ayuntamiento el pago de dicho servicio conforme a la Ordenanza Fiscal aprobada por el OARGT.
Novena. Anticipos al Ayuntamiento a cuenta de la recaudación.
1. E
 l OARGT deberá practicar al Ayuntamiento de Jaraicejo los siguientes anticipos:
a) Mensualmente, entre el 1 y el 15 de cada mes deberá ingresar en la Tesorería Municipal
un anticipo a cuenta sobre la recaudación en voluntaria de dicho ejercicio, cuyo importe
vendrá determinado por el 75% de lo recaudado en el ejercicio anterior por tributos de
vencimiento periódico y notificación colectiva, dividido entre doce; pudiéndose actualizar esas entregas en función de aumentos en los padrones o nuevas delegaciones ya
recaudadas. Por lo que se refiere a la recaudación por el IAE únicamente computará a
favor del Ayuntamiento la parte de ingresos que corresponda a la cuota tributaria municipal pues la parte correspondiente al recargo provincial lo hará a favor de la Diputación
Provincial.
La concesión de estos anticipos de tesorería no generará ningún coste financiero para el
Ayuntamiento siempre que su calendario fiscal sea el fijado por el OARGT.
b) Para el resto de los ingresos de derecho público cuya recaudación haya sido delegada
en el OARGT distintos de los recogidos en la letra a) de esta cláusula, el Ayuntamiento
podrá solicitar la transferencia de los fondos recaudados según se regula en el apartado
3º de la cláusula décima.
c) El Ayuntamiento podrá solicitar en circunstancias singulares anticipos extraordinarios
respecto a los anteriores que serán concedidos por el Presidente del OARGT de acuerdo
con las condiciones y criterios acordados en cada momento por el Consejo de Administración del organismo. En este supuesto, el Ayuntamiento asumirá el coste financiero
que para el OARGT represente la operación de tesorería que haya de concertar a fin de
conceder el anticipo solicitado.
Décima. Aplicaciones, cuentas y transferencias de fondos al Ayuntamiento.
1. La aplicación contable de los fondos recaudados en vía voluntaria por tributos de vencimiento periódico y notificación colectiva, sobre los que se concederán los anticipos recogidos en
la cláusula novena, apartado 1º, será realizada al final del ejercicio presupuestario, junto
con la transferencia al Ayuntamiento de aquellas cantidades recaudadas y no anticipadas.