Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060826)
Resolución de 24 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Juan Martín Silva, en el término municipal de Maguilla.
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Jueves 7 de marzo de 2024

tarse la instalación o actividad. A estos efectos, la dirección general con competencias en
materia de medioambiente recabará de la dirección general con competencias en materia
de urbanismo y ordenación del territorio o, en su caso del municipio en cuyo territorio
pretenda ubicarse la instalación o actividad, un informe urbanístico referido a la no prohibición de usos y a los condicionantes urbanísticos que la instalación deba cumplir en la
concreta ubicación de que se trate. El informe deberá emitirse en el plazo de quince días,
entendiéndose favorable de no ser emitido en dicho plazo. El contenido de dicho informe
se incorporará al condicionado de la declaración de impacto ambiental”.
Para dar cumplimiento a esta exigencia procedimental, con fecha 20 de enero de 2022, el
Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio,
emite informe urbanístico a los efectos previstos en el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el cual
se pronuncia en los siguientes términos:
Habiéndose solicitado por la Dirección General de Sostenibilidad el informe urbanístico
previsto por el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura respecto del proyecto correspondiente a la
ampliación de explotación porcina en el término municipal de Maguilla, a fin de su incorporación a la preceptiva declaración de impacto ambiental con los efectos previstos por el
precepto citado, esta Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio a la vista
del informe previo emitido por el personal adscrito a la misma
INFORMA:
Primero. En el término municipal de Maguilla se encuentra actualmente vigente un Plan
General Municipal aprobado definitivamente el 28 de febrero de 2019, publicado en el DOE
n.º 171, de 4 de septiembre de 2019. El suelo sobre el que radica el proyecto tiene la clasificación urbanística de Suelo No Urbanizable de Protección Natural y Paisajística de Zepas,
ZEC, Hábitats Arbóreos y Áreas de Especies Protegidas (SNU.PNZP) y Suelo No Urbanizable
de Protección Ambiental de Cauces Fluviales (SNU.PACF).
De acuerdo con esta clasificación, en el Suelo No Urbanizable de Protección Natural y Paisajística de Zepas, ZEC, Hábitats Arbóreo y Áreas de Especies Protegidas, la actuación se
ajusta al régimen de usos previsto por el artículo 3.2.5.1 del Plan General Municipal, al
contemplar expresamente como actividades permitidas, las explotaciones de los recursos
biológicos: Establos, granjas avícolas y similares. En cuanto al Suelo No Urbanizable de
Protección Ambiental de Cauces Fluviales, según el artículo 3.2.5.1 del Plan General Municipal se permiten las explotaciones de los recursos biológicos: No se autorizará ningún tipo
de edificación vinculado al uso agrícola ganadero, salvo autorización expresa del organismo
de cuenca.